Me dieron de baja del IMSS: qué significa y qué hago
La baja es el aviso que la empresa le manda al IMSS para decir que ya no trabajas ahí. La ley le da cinco días hábiles para hacerlo (Ley del Seguro Social art. 15 fr. I). Muchas personas se enteran de que las corrieron porque no las atienden en la clínica o porque lo ven en su constancia de semanas cotizadas. Esta guía te dice qué significa, qué revisar y qué hacer, con un ejemplo calculado con el mismo motor que la calculadora de liquidación.
¿Qué significa que me dieron de baja?
Que tu empresa avisó al IMSS que terminó tu relación de trabajo, y desde esa fecha dejó de pagar tus cuotas. La baja no es el despido: es un trámite ante el IMSS. Lo que define si te corrieron es lo que pasó en tu trabajo:
- Si te dieron de baja y ya no te dejan entrar, es un despido. Si no te dieron un aviso por escrito con la causa, la ley presume que es injustificado, salvo que la empresa pruebe lo contrario (LFT art. 47).
- Si te dieron de baja pero sigues trabajando, la empresa no está pagando tus cuotas. Guarda pruebas de que sigues yendo: mensajes, registros de entrada, recibos.
- Si renunciaste, la baja es lo normal.
¿Cómo reviso si me dieron de baja?
Pide tu constancia de semanas cotizadas en el sitio del IMSS con tu CURP, tu número de seguridad social y tu correo, o en la app IMSS Digital con tu CURP y tu correo. Es gratis y también se puede pedir en persona en una Subdelegación. Ahí aparece cada empresa que te ha registrado, la fecha de alta, la de baja y el salario con el que te registró. Revisa tres cosas:
- La fecha de baja. Si es anterior a tu último día real, es una prueba de cuándo decidieron correrte.
- El salario registrado. Si es más bajo que tu salario real, te afecta en el IMSS y en lo que te toca al salir.
- Que el alta sea la correcta. Si la fecha de alta es posterior a tu ingreso real, te están quitando semanas cotizadas. Tu antigüedad para la liquidación cuenta desde tu ingreso real, aunque el IMSS diga otra cosa (LFT art. 158).
¿Afecta lo que me toca si me registraron con un salario más bajo?
Para tu liquidación, no debería: la ley la calcula con tu salario real integrado (LFT arts. 84 y 89), no con el registrado en el IMSS. El problema es que muchas empresas calculan la indemnización con el salario registrado.
Ejemplo: ganas $500.00 al día, entraste el 7 de noviembre de 2022, tu último día fue el 30 de octubre de 2026 y te registraron en el IMSS con $330.80 al día. Tu salario integrado de ley es $526.71.
| Base | 3 meses de indemnización |
|---|---|
| Salario registrado en el IMSS ($330.80) | $29,772.00 |
| Salario integrado de ley ($526.71) | $47,403.90 |
| Diferencia | $17,631.90 |
Con el finiquito y la prima de antigüedad, lo que te toca por despido son $97,842.36. Pakito usa siempre el mayor entre el salario de tu recibo y el mínimo que marca la ley.
¿Desde cuándo cuenta mi plazo para reclamar?
Desde el día siguiente a tu separación, no desde la baja. En el ejemplo, la baja se presentó el 15 de octubre de 2026, pero tu último día fue el 30 de octubre de 2026: tienes 2 meses, hasta el 30 de diciembre de 2026 (LFT art. 518). Presentar la solicitud en el Centro de Conciliación detiene el plazo (LFT arts. 518 y 521 fr. III). Esa fecha cae en vacaciones de fin de año; no esperes.
¿Qué pasa con mi servicio médico?
Si cotizaste al menos ocho semanas seguidas antes de la baja, conservas el servicio médico, para ti y tus beneficiarios, durante las ocho semanas siguientes (Ley del Seguro Social art. 109). Si estás en tratamiento, anota la fecha de baja y avisa en tu clínica. Si estás embarazada, puedes conservar la atención hasta el parto y el puerperio: pídelo en la ventanilla de Vigencia de Derechos de tu clínica, de preferencia dentro de esas ocho semanas (IMSS, Acuerdo 196/2005).
¿Puedo sacar dinero de mi Afore?
Sí. Si te quedas sin trabajo, desde el día 46 puedes pedir un retiro parcial por desempleo de tu cuenta de retiro (Ley del Seguro Social art. 191 fr. II). Se pide en tu Afore, en sucursal o en la app AforeMóvil. Tiene tres condiciones: que tu cuenta tenga al menos tres años abierta con doce bimestres cotizados (o cinco años, para la otra modalidad), que no hayas hecho otro retiro por desempleo en los últimos cinco años y que tu expediente en la Afore esté actualizado. Descuenta semanas cotizadas de tu historial (Ley del Seguro Social art. 198), así que piénsalo bien. El monto te lo dice tu Afore.
¿Y mi crédito Infonavit?
Al darte de baja, la empresa deja de descontarte el crédito por nómina. Si tienes uno, avisa al Infonavit que dejaste de tener ingresos: te da una prórroga en los pagos, con efecto desde que perdiste el trabajo y sin intereses ordinarios mientras dure. Cada prórroga es de hasta 12 meses y en total hasta 24, y termina cuando empiezas un trabajo nuevo (Ley del Infonavit art. 41).
¿Qué hago si la baja está mal?
- Si te corrieron: reclama el despido en el Centro de Conciliación antes de que venza tu plazo. Lleva tu constancia de semanas cotizadas.
- Si sigues trabajando, no te inscribieron o te registraron con menos salario: presenta una denuncia ante el IMSS, con tu nombre o de forma anónima: al 800 623 23 23 (opción 5 y luego 4), al correo denuncia.enlinea@imss.gob.mx o en la Subdelegación más cercana. También puedes pedirle al IMSS que te inscriba tú mismo, con pruebas de tu trabajo y tu salario (Ley del Seguro Social art. 18). Tus cuotas son un derecho aparte de tu liquidación.
- Si tienes dudas: PROFEDET te orienta gratis al 800 911 7877.
Sube tu recibo y Pakito calcula tu liquidación con tu salario real, no con el registrado. Para más detalle, lee qué es el salario diario integrado y el plazo de 2 meses. Ley vigente, verificada el 3 de noviembre de 2026.
Preguntas frecuentes
¿Si me dieron de baja del IMSS ya me corrieron?
La baja es un aviso de la empresa al IMSS. Por sí sola no termina la relación laboral, pero si te dieron de baja y no te dejan trabajar, es un despido.
¿Cuánto tiempo conservo el servicio médico?
Ocho semanas después de la baja, si cotizaste al menos ocho semanas seguidas antes (Ley del Seguro Social art. 109).
¿Puedo sacar dinero de mi Afore si me quedo sin trabajo?
Sí, el retiro por desempleo, a partir del día 46 sin empleo, con requisitos de antigüedad de tu cuenta y sólo si no hiciste otro en los últimos cinco años (Ley del Seguro Social art. 191 fr. II). Te descuenta semanas cotizadas (art. 198). Pregunta en tu Afore cuánto te toca.
¿Desde cuándo cuenta mi plazo de 2 meses, desde la baja o desde mi último día?
Desde el día siguiente a que te corrieron, es decir, a tu separación del trabajo (LFT art. 518). Si la baja es anterior, guárdala como prueba, pero no cuentes desde ahí.
¿Qué hago si me registraron con un salario más bajo?
Lo que te toca al salir se calcula con tu salario real (LFT arts. 84 y 89), no con el registrado. Además puedes reportarlo al IMSS.
Actualizado el 3 de noviembre de 2026 · pakito.app